Sucesiones en Colombia
Abogados de familia expertos en sucesiones, herencias y testamentos en Colombia
Las sucesiones en Colombia son actos en donde se reemplaza una persona fallecida por una relación jurídica, ya sea en la repartición, distribución y/o asignación de bienes y obligaciones.
Este es un requisito indispensable para que el cambio patrimonial ocurra con efectos plenos en el campo legal y comercial.
Clases de Sucesiones
En Colombia existen 4 clases de sucesiones
Procesal
Por partición del patrimonio en vida
Por causa de muerte
Por actos entre vivos – Cesión de derechos
Sucesión procesal
Se refiere a la continuación de un proceso que ya se encuentra en una instancia judicial por las y los herederos pero una de las partes fallece, se encuentra ausente o interdicta.
Sucesión por causa de muerte
Existen tres tipos de sucesión por causa de muerte:
Sucesión intestada o abintestato
Es aquella que surge cuando la o el difunto no deja testamento, es decir desconoce sus bienes y/o no conoce qué hacer con los mismos o cuando una persona aún queriendo colocar sus bienes en manos de quien ella o él quiera disponer, por error o por falta de competencia realiza un testamento sin los requisitos estipulados, es decir nulo.
Es allí cuando la legislación civil suple la voluntad de la persona y llama a quien pueda heredar.
Sucesión testada o testamentaria
En esta sucesión la o el causante deja testamento y cumple con todos los requisitos formales:
- Exista el documento de testamento.
- Sea la última voluntad del difunto.
- Exista una orden del Juez de Familia para que sea eficaz.
Sucesión mixta
Cuando la o el causante otorga parte de su patrimonio en el testamento pero guarda silencio frente a la otra parte.
En la sucesión mixta una parte es herencia y lo demás queda entre sucesión intestada o abintestada.
Sucesión por actos entre vivos – Cesión de derechos
Se refiere a cuando el heredero vende su derecho herencial, ya sea de todo lo que le corresponda, es decir a título universal o sólo un determinado bien que escoja, es decir a título singular.
Sucesión por partición del patrimonio en vida
Cuando una persona desea entregar todo o parte de sus bienes a sus herederos con o sin reserva de usufructo o administración.
Existen dos formas de realizar ésta partición:
Ante un juez
Se busca la liquidación de la sociedad conyugal y la partición del patrimonio con los herederos.
Es el juez quien dicta sentencia autorizando la partición del patrimonio.
El proceso ante juez de familia puede durar desde 12 meses.
Ante Notaría
Se presenta solicitud de partición del patrimonio, con el inventario y avalúo y el trabajo de partición.
El notario autoriza la escritura pública.
El trámite notarial puede durar entre 3 y 4 meses dependiendo de la notaría.
Requisitos de la sucesión ante notario
Entre los requisitos debes ser heredero plenamente capaz y que no exista conflicto por el proceso. Los documentos requeridos para ésta sucesión son:
Solicitud de sucesión
Copia auténtica del registro de defunción
Copia las escrituras públicas de los inmuebles propiedad del difunto
Certificado de tradición de los bienes sujetos a registro (autos, navíos…)
Inventario de bienes
Registro civil de nacimiento de los herederos
Certificados de libertad y tradición de los inmuebles
Constancia de saldos de las cuentas bancarias
Trabajo de adjudicación
Copia auténtica del registro de matrimonio o registro de unión marital
Paz y salvos fiscales
Requisitos de la sucesión ante notario
Entre los requisitos debes ser heredero plenamente capaz y que no exista conflicto por el proceso. Los documentos requeridos para ésta sucesión son:
Certificado de defunción
Registro civil de nacimiento de los herederos

